La Secretaría de Economía hará excepción respecto de 2020 en porcentajes de exportación exigidos para regímenes con beneficios

febrero 4, 2021

La Secretaría de Economía (SE) ha resuelto exentar del cumplimiento de los montos de exportación requeridos –respecto al ejercicio fiscal 2020– a las empresas con programa IMMEX, Ecex y Altex, mismos que deben dar a conocer en el reporte anual de operaciones de comercio exterior para seguir operando al amparo de esos programas.

Recuerde que anualmente deben acreditar lo siguiente, según se trate:

·  IMMEX: exportaciones por un valor superior a 500,000 dólares, o el 10 % de la facturación total

·  Altex, empresas exportadoras:

*    directas, exportaciones por un valor mínimo de dos millones de dólares, o su equivalente en moneda nacional, o haber exportado cuando menos el 40% de sus ventas totales, e

*    indirectas, ventas de mercancías incorporadas a productos de exportación o exportadas por terceros, por un valor mínimo equivalente al 50 % de sus ventas totales, y

·  Ecex: exportaciones facturadas por cuenta propia de mercancías, por un importe mínimo de 250 mil dólares y de tres millones de dólares para las modalidades de Promotora y Consolidadora de Exportación

Ante la medida de la SE, los titulares de esas empresas deberán presentar a más tardar el 31 de mayo de 2021 –en la Ventanilla Digital www.ventanillaunica.gob.mx–, el reporte de sus operaciones de comercio exterior 2020 con los montos correspondientes a sus ventas al exterior o facturación de sus exportaciones de 2020.

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