Modificación del Convenio de Colaboración Administrativa en materia Fiscal Federal del Estado de Puebla con la Secretaría de Hacienda (SHCP)

mayo 22, 2020

Modificación del Convenio de Colaboración Administrativa en materia Fiscal Federal del Estado de Puebla con la Secretaría de Hacienda (SHCP)

El pasado 27 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo por el que se modifica el convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal, celebrado entre el Estado de Puebla y la SHCP.

El ajuste a este acuerdo, junto con el caso de otras entidades federativas que se han adherido al cambio, se debe a que el artículo segundo transitorio, fracción XIII del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación”, señala que las entidades federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal en las que se enajenen bienes inmuebles y que por dichas operaciones se cause el impuesto referido en el artículo 126 de la LISR, podrán recibir como incentivo el 100 % de la recaudación neta de tal tributo, que se hubiera causado por las enajenaciones realizadas en la entidad federativa de que se trate, siempre que celebren convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal.

Es importante mencionar que antes, de la entrada en vigor de estos acuerdos (1o. de enero de 2020), las entidades federativas solo podían participar por la recaudación del ISR, en términos del artículo 127 de la LISR.

La modificación a los diversos acuerdos, consiste en incluir a la cláusula décima primera que la entidad ejercerá las funciones operativas de administración de los ingresos generados en su territorio derivados de los contribuyentes que tributen en los términos de los artículos 126 y 127 de la LISR, en relación con los ingresos por la enajenación de bienes inmuebles, y por la ganancia de la enajenación de terrenos, construcciones o terrenos y construcciones, ubicados dentro de la circunscripción territorial de la misma.

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