NUEVO APLICATIVO PARA LA DECLARACIÓN DE IVA

Por: Erika Yunué Espíndola García

Gerente Servicios Integrales

 

Este nuevo aplicativo el cual, estaba listo para usar desde el 1 de febrero 2024, no es sino el reflejo de la finalidad del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de implementar la tecnología para una fiscalización y recaudación, tal y como lo ha hecho ver con toda la mecánica de la creación de los CFDI.

¿Qué tiene de novedad el nuevo aplicativo para los contribuyentes personas morales del régimen general de ley? Recordemos que para los contribuyentes del régimen simplificado de confianza personas morales ya tenían prellenada su declaración con los datos que ahora ofrece el aplicativo. De manera general, esta herramienta ofrece mejoras significativas, como la consolidación de todas las obligaciones fiscales en una sola herramienta, un formulario rediseñado para una identificación más sencilla de los conceptos de declaración, y la facilidad de cumplimiento mediante la precarga de información de Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) emitidos y recibidos.

Puntos importantes a tomar en cuenta para la declaración:

          • La fecha que el SAT tiene la información precargada, en el caso de tener cancelaciones de facturas pendientes.
          • El aplicativo ya tiene precargados los conceptos tanto del IVA causado como del IVA acreditable que es el verdadero problema al que nos vamos a enfrentar en el aplicativo donde ya contiene las cantidades precargadas de los CFDI.
          • Podrás editar los campos totales y ajustarlos a la realidad del contribuyente, sin embargo, la realidad es que esto va generar revisiones por parte de la autoridad por las discrepancias en la emisión de los CFDI.
          • Con la idea de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, se puede esperar, que en el futuro la presentación de la declaración sea automática.
          • El plazo para presentarla es a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago, de conformidad con el artículo 5-D, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
          • El nuevo aplicativo requiere e.firma (firma electrónica avanzada).

La liga para la presentación es la siguiente:

www.sat.gob.mx/declaracion/00220/simulador-de-la-declaracion-de-pagos-provisionales-del-regimen-general

Recomendaciones

1-Tener un control de los CFDI recibidos electrónicos de pago de forma mensual.

2-Realizar los cambios de CFDI de inmediato como lo son las refacturaciones, cancelaciones, así de igual manera gestionar con los proveedores las modificaciones pertinentes.

3-Realizar una conciliación del flujo efectivo con la información de registros contables.