Tercera modificación a la RMISC 2025

El pasado 12 de mayo el servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el DOF la tercera resolución de modificación a la resolución Miscelánea Fiscal para 2025.

Los principales ajustes normativos incorporados en esta nueva entrega son:
Plan México reglas fiscales para estímulos: Se establece el capítulo 11:15 en el decreto de Plan México publicado 21 de enero de 2025.

Esto prevé estímulos para fomentar inversiones, capacitación dual o innovación. Las reglas 11.15.1 a 11.15.4 establece lo siguiente:

      1. Registro obligatorio. Se debe integrar un expediente con la documentación del Decreto, los lineamientos y requisitos específicos.
      2. Deducción inmediata de activos: Requiere evidencia contable que acredite que los bienes son nuevos y relacionados con la actividad del contribuyente.
      3. Deducción adicional por capacitación: Se debe documentar el gasto, los trabajadores capacitados y registrados en el IMSS y el cálculo del 25% adicional.
      4. Deducción por innovación: Es necesario conservar registros técnicos sobre patentes o certificaciones y gastos en innovación de los últimos tres ejercicios.
      5. Obligación de Conservar documentación: Toda la información debe formar parte de la contabilidad y conservarse conforme al CFF.
      6. Incumplimiento: En caso de no cumplir con los requisitos, se deberá pagar el impuesto sobre la renta.
      7. Nuevos contribuyentes: Quienes inicien operaciones entre 2025 y 2030 pueden considerar como incremento el total de los gastos del primer ejercicio.
      8. Bienes importados: Deben comprobarse con pedimento. CFDI o contrato. Si son usados por primera vez en México, no deben exceder dos años de vida útil.
      9. Cumplimiento integral: Estos requisitos no sustituyen en las reglas fiscales generales para deducir inversiones.