Respaldan reforma para regular a los trabajadores de servicios: LFT
Con el objetivo de eliminar prácticas de carácter informal que afectan las condiciones de trabajo de las personas que laboran en diversos sectores productivos y de servicios, recibiendo un ingreso incierto basado en propinas el pasado 29 de abril del presente año se aceptó la reforma en la cual adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT) para establecer un salario mínimo a esos trabajadores.
Se modifican los artículos 90,344,346,347,348 y. 350 de la LFT, en materia de trabajo en hoteles, restaurantes, bares, empresas deportivas de entretenimiento en estaciones de servicio de combustibles y otros establecimientos análogos.
Cambios más importantes:
1) Nuevas características del salario mínimo: La LFT indica que el salario mínimo además de ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familiar en el orden material, social y cultural así como promover la educación obligatoria de los hijos, y este no será reemplazado por propinas o algún tipo de gratificación voluntaria.
También no puede ser reemplazo por comisiones.
2) Los trabajadores deberán recibir un salario que en ningún caso será menor al mínimo o al mínimo profesional vigente según corresponda.
c) Se fortalece el concepto de propina, para considerarla como una gratificación solidaria como estímulo a la calidad de su trabajo y atención al servicio.
d) Los patrones no podrán reservarse, utilizar o quedarse las propinas.
e) Las propinas deberán distribuirse en función del tiempo y la actividad de los trabajadores que las generen.
f) Las propinas tendrán que integrarse al total del pago del servicio y será opcional en el caso de que éstas solo se entreguen de manera directa.
g) Los inspectores del trabajo verificarán que la distribución de las propinas se realice conforme a los lineamientos indicados y en caso de existir discrepancias entre los empleados, implementarán mecanismos de conciliación para lograr un arreglo justo.