Obligación de brindar sillas con respaldo a los trabajadores.
El Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la “Ley Federal del Trabajo” que se publicaron el pasado 19 de diciembre de 2024 en la que se incluye la “Ley Silla”, entrará en vigor el 17 de Junio del presente.
“Los patrones de los sectores de servicios, comercio y otras actividades similares, incluyendo algunas actividades industriales, (cuando estas lo permitan), están obligados a proporcionar asientos o sillas con respaldo a sus colaboradores para que ejecuten sus funciones o bien, tomen descansos de forma adecuada durante la jornada laboral.
Con estas condiciones, los empleadores de: cajeros, guardias, meseros, cocineros, empacadores y empleados de mostrador tomarán en cuenta estas disposiciones:
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- Permitir a los empleados descansos periódicos sentados, especialmente en sectores como comercio, manufactura, salud, y logística.
- Prohibido exigir que los trabajadores permanezcan de pie durante toda su jornada laboral, salvo que la naturaleza de las funciones lo requiera.
- Designar áreas específicas para el descanso.
- Incluir esas disposiciones en los reglamentos interiores de trabajo.
- Capacitar al personal sobre los riesgos de estar de pie por períodos prolongados.
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Incumplimiento:
Si los patrones no cumplen con estas disposiciones, la multa irá de 50 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) equivalente a $5,657 hasta $565,700.
Los empleadores tendrán hasta el 13 de diciembre para adecuar e incorporar en sus reglamentos interiores de trabajo las disposiciones establecidas en el decreto.