IMSS da a conocer el único medio para obtener opinión de cumplimiento

Este 6 de Octubre del 2025, el Instituto Mexicano del Seguro Social, dio a conocer el acuerdo por el que se aprobó la modificación a la regla quinta y disposiciones transitorias de las reglas de carácter general para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, vigentes del 22 de septiembre de 2022.

Este acuerdo entró en vigor el 1º de Octubre del 2025.

Desde este 1º. de Octubre los empleadores que necesiten la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social deben obtenerla exclusivamente a través del Buzón IMSS siguiendo los pasos:

Ingresar a la página web del Instituto www.imss.gob.mx/buzonimss, y autenticarse con su e.firma.

En el menú, seleccionar la opción Cobranza y luego 32D Consultar Mi Opinión, y finalmente, dar clic en el ícono Consultar Mi Opinión del Cumplimiento para descargar la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales del IMSS.

Tiempo de validación de cumplimiento

La opinión de cumplimiento del IMSS será válida durante ciertos plazos, según el contrato a firmar:

15 días hábiles, en contrataciones general.

20 días, si el contrato viene de un procedimiento de compra consolidado.

15 días naturales, cuando se trate de contratos de obras públicas y servicios relacionados.

Durante estos lapsos se debe formalizar el contrato correspondiente y presentar ante público contratante la opinión de cumplimiento vigente y válida.