Simplificación administrativa y digitalización: Nuevas reformas

El pasado 15 de abril del 2025 se publicó en DOF el párrafo décimo del artículo 25 y la fracción XXIX-Y del artículo 73 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de simplificación administrativa, entrando en vigor el pasado 16 de abril.

En este artículo se establece que en todos los órdenes de gobierno deberán implementar políticas públicas de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas y los demás objetivos que prevea la ley nacional en la materia.

Con los ajustes en el artículo 73 constitucional se faculta al Congreso de la Unión para expedir la ley nacional que contemple los principios y las obligaciones a los que deberán atenerse los órdenes de gobierno en lo que es la simplificación administrativa, digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias y en el desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas.

La intención de estas reformas es modernizar el aparato gubernamental al resolver problemáticas estructurales en la gestión pública para agilizar procesos administrativos y mejorar la confianza ciudadana en las instituciones públicas.

Como la mayoría de los trámites gubernamentales son de carácter presencial se complica y se tarda la realización de algún trámite, con la digitalización se busca simplificar, acelerar y agilizar la realización de los mismos.